Elecciones Ecuador 2025: Corte declara inconstitucional el Decreto 500 a menos de una semana para las elecciones: ¿revés para Noboa?
El tribunal argumenta que este encargo es incompatible con el artículo 146 de la Constitución de Ecuador, que establece que el reemplazo de un presidente debe ser asumido automáticamente por la vicepresidenta.
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La Corte Constitucional de Ecuador ha declarado inconstitucional el Decreto Ejecutivo 500, emitido por el presidente Daniel Noboa, que encargaba la Presidencia a Cynthia Gellibert durante su ausencia por campaña electoral. La sentencia, publicada el 3 de febrero de 2025, establece que "la figura del encargo de la Presidencia de la República a través de la expedición de un decreto ejecutivo es incompatible con el artículo 146 de la Constitución".
El Decreto 500, firmado el 7 de enero de 2025, argumentaba "fuerza mayor" para justificar la ausencia temporal del mandatario y designaba a Gellibert como presidenta encargada. Sin embargo, la Corte determinó que "el ejercicio del cargo, per se, no puede ser sometido a un encargo, delegación, subrogación o entrega por fuera de las disposiciones previstas en la Constitución". De manera extraoficial, se ha informado que la mayoría de los magistrados se manifestó en contra de los decretos emitidos por Noboa. Sin embargo, se registró un voto en desacuerdo, presuntamente del juez Enrique Herrería, quien no coincidió con la postura de sus compañeros.
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¿Qué establece el artículo 146 de la Constitución sobre la ausencia presidencial?
El artículo 146 de la Constitución ecuatoriana prevé las causas por las que un presidente puede ausentarse temporalmente y el mecanismo de reemplazo durante su ausencia. Según la Corte, "la Carta Magna contempla que, en reemplazo de un presidente, asume la vicepresidenta automáticamente". Por lo tanto, "no procede la figura de 'entregar' la Presidencia a través de un decreto ejecutivo".

La Corte Constitucional resolvió que ambos decretos estarán sujetos a un control abstracto de constitucionalidad. Foto: El Universo.
Esta disposición busca garantizar la continuidad del Poder Ejecutivo y evitar vacíos de poder. La designación de un encargado fuera de los lineamientos constitucionales podría generar conflictos de legitimidad y gobernabilidad. La Corte enfatizó que "el ejercicio del cargo no puede ser sometido a un encargo por fuera de las disposiciones previstas en la Constitución".
Así justificó el presidente Noboa la emisión del Decreto 500
El presidente Noboa argumentó que su participación en actividades de campaña electoral constituía una situación de "fuerza mayor" que le impedía ejercer sus funciones, lo que justificaba el encargo de la Presidencia. En su defensa, la Secretaría Jurídica de la Presidencia sostuvo que "la normativa vigente presenta ambigüedades" y que "ha sido su voluntad continuar ejerciendo su mandato, sin dejar de lado el proyecto político de una eventual elección".
Con el Decreto 494, Noboa designó a Gellibert, secretaria de la Administración, como vicepresidenta, luego de que Verónica Abad no cumpliera con la orden de trasladarse a Turquía. Sin embargo, la Corte rechazó esta interpretación, señalando que "la fuerza mayor se aplica a eventos imprevisibles que impidan al presidente ejercer su cargo", y que la campaña electoral no constituye una causa válida para delegar la Presidencia fuera de los mecanismos constitucionales establecidos.

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¿Qué implicaciones tiene esta decisión para la administración de Daniel Noboa?
La declaración de inconstitucionalidad del Decreto 500 representa un revés para el gobierno de Noboa, ya que invalida la designación de Cynthia Gellibert como presidenta encargada durante su ausencia. Esta decisión subraya la importancia de adherirse estrictamente a los procedimientos constitucionales en la delegación de funciones presidenciales. La Corte enfatizó que "el ejercicio del cargo no puede ser sometido a un encargo por fuera de las disposiciones previstas en la Constitución".

El pasado 4 de enero Cynthia Gellibert fue designada vicepresidenta temporal de Ecuador en reemplazo de Sariha Moya. Foto: Primicias.
Además, esta resolución podría generar tensiones políticas y cuestionamientos sobre la legalidad de las acciones ejecutivas tomadas durante la ausencia del presidente. Es probable que se intensifiquen los debates sobre la interpretación de la Constitución y los límites del poder ejecutivo en situaciones similares futuras.